Si estás de baja laboral debes tener en cuenta:
En el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros 365 días, esta reforma supone un nuevo recorte en los derechos de los trabajadores, al dar más poder a las Mutuas en el control de las bajas médicas, ya que controlarán también la de contingencia común, de tal forma que se convierte en policías y fiscales de los trabajadores y médicos.
Modificaciones con respecto a los parte de baja en los procesos de IT: surten efecto desde el primer día del reconocimiento médico del trabajador (antes era desde el 4º día de la situación de IT por contingencia común y 1º día por contingencias profesionales).
Los partes de baja y de confirmación de la misma se extenderán en función de la duración que estime el médico que los emite, no obstante, los médicos dispondrán de una tablas donde se tipifique la duración óptima en función de los distintos procesos patológicos y del grado de incidencia.
El RD establece cuatro grupo de procesos:
- Procesos de duración estimada inferior a cinco días naturales.
- Procesos de duración estimada de entre 5 y 30 días naturales.
- Procesos de duración estimada de entre 31 y 60 días naturales.
- Procesos de duración estimada de 61 o más días naturales(en este caso se emitirá un parte de baja en el que se fijará la fecha de revisión médica prevista, la cual no podrá exceder en más de 14 días naturales).
Modificaciones con respecto a las competencias de las Mutuas, relacionado a la capacidad que tienen éstas respecto a las propuestas de alta médica en las incapacidades temporales por enfermedad común. Procedimiento:
- Se formula la propuesta ante la Inspección médica de los Servicios de Salud, éstos a su vez, la remiten a los servicios médicos a los que corresponde emitir los partes de alta.
- Deberán comunicar al trabajador, de manera simultánea, que se ha enviado esta propuesta de alta.
- A partir de la entrada en vigor de esta norma el plazo para que el facultativo se pronuncie sobre la propuesta disminuye a 5 días (11 días hasta el 1 de marzo de 2015). Antes de la entrada en vigor de este real decreto el plazo era de 10 días.
- Tras la propuesta de alta por la Mutua, el facultativo médico puede:
a) Confirma la baja.
b) Admitir la propuesta de alta, expidiendo el parte de alta médica.
c) No contestar en plazo.
En caso de no contestar en plazo es potestad de la Inspección Médica que podrá acordar el alta o mantener la baja. - En caso de confirmación de la baja, plazo 5 días desde que la Inspección Médica recibe la propuesta (hasta el 1 de marzo el plazo será de 11 días).
- Si no se contesta en plazo la Mutua puede: Transcurrido el plazo de contestación, instar a la Inspección Médica de la Entidad Gestora la expedición del parte de alta. En este caso la Entidad dispone de un plazo de 4 días (8 días hasta el 1 de marzo) para contestar. Antes de la entrada en vigor de la norma el plazo era de 3 meses.
Las Reformas Laborales del Gobierno están siendo un ataque permanente a nuestros derechos y también a nuestra salud. En definitiva esta reforma sobre Mutuas acorta los plazos para poder responder los médicos de la Seguridad Social y la Inspección Médica, además de dar validez a la decisión de la Mutua ante la falta de respuesta en los plazos.
UGT exige la retirada de la ley de Mutuas
UGT rechaza el proyecto de Ley de Mutuas, aprobado hoy por el Consejo de Ministros, pues prima los intereses económicos frente a los trabajadores, comprometiendo sus derechos a la protección social y a la recuperación de la salud. Esta reforma, que supone un nuevo recorte en los derechos de los trabajadores, da más poder a las Mutuas en el control de las bajas médicas, de tal forma que se convierten en policías y fiscales de los trabajadores y de los médicos de los servicios públicos de salud. Tampoco corrige la falta de transparencia en la gestión de las mutuas (se menoscaba la participación sindical en el control y seguimiento de las mismas), supone una privatización parcial del sistema de Seguridad Social y de la Sanidad y perjudica a los propios trabajadores de estas entidades, constituidas por asociaciones de empresarios, “sin ánimo de lucro”. Por todo ello, UGT exige la retirada de esta reforma hasta que no se conozcan las cuentas de las Mutuas y que el Ejecutivo demuestre su voluntad de diálogo social buscando el consenso en esta materia.
¿Quiénes son los verdaderos defraudadores con las bajas por enfermedad?
La certeza de los datos pone en evidencia los falsos estereotipos creados deliberadamente por los empresarios neoliberales, denigrando a los trabajadores de baja por enfermedad.
Durante años los empresarios y sus medios de comunicación afines, han desplegado toda una campaña mediática para criminalizar a los trabajadores de baja por enfermedad, según ellos la mayoría engañan en la dolencia declarada o en su duración.
Estas falsas “verdades” sirvieron de coartada perfecta para justificar la modificación de la normativa laboral sobre absentismo, para endurecer las sanciones y facilitar los despidos a través de la Reforma Laboral.
Pero el Tribunal de Cuentas, en un reciente informe sobre la gestión y el control de la Incapacidad Temporal (IT) ha puesto de manifiesto...
Negociación bloqueada y deslocalización: 150.000 empleos al borde del precipicio
El sinsentido de esta negociación sectorial tan importante que dura más de 30 meses, nos lleva hacia un peligroso "filo de navaja" que preocupa enormemente a la Federación de Servicios de UGT.
Riesgos Laborales durante el periodo de Embarazo y Lactancia
Entre los derechos conseguidos está el de la atención especial a los posibles riesgos laborales durante el estado de embarazo y lactancia.
Los Riesgos que pueden afectar a la trabajadora en este estado, son de muchos tipos. En algunos sectores riesgos de carácter químico o biológico, pero concretamente en nuestro sector, son riesgos de tipo ergonómico y psicosociales (manipulación manual de cargas, carga estática, estrés laboral, prolongaciones de jornada, aumento de carga de trabajo, en algunos casos incluso turnos,…) y riesgos de tipo físico ( posturas, manipulaciones, cargas físicas, temperaturas,…)
¿Qué pasos debe seguir una trabajadora que está embarazada?
Debe comunicar por escrito su estado de gestación o lactancia a la empresa
Ponerse en contacto con las delegadas o delegados de UGT de tu empresa o a tu federación regional correspondiente para asesorarte y poner en marcha una evaluación de riesgos de tu puesto de trabajo.
Si se comprobase algún riesgo se deberán llevar a cabo las diferentes acciones posibles, desde cambio de puesto de trabajo, conservando las retribuciones hasta la solicitud del subsidio por riesgo en el puesto de trabajo.